Erogaciones económicas del adquirente en pública subasta

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2002Author
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Abstract
En el proceso ejecutivo ya sea singular o con título hipotecario o prendario en la etapa procesal de la venta forzada en pública subasta que se cumple a petición de parte y que se realiza por decreto judicial, la persona cuyo dominio se transfiere es el tradente y el juez actúa como su representante legal, a voces del artículo 741 del C. C. , es decir el administrador de justicia asume una representación por el solo efecto de realizar la tradición, “Esta representación solo sirve para firmar la escritura de venta forzada y para proceder a la entrega de la cosa”.
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Source
- Temas Socio-Jurídicos; Volumen 20 N. 43 (Diciembre 2002) Páginas 41-44
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