Crítica a la tendencia funcionalista del Derecho Penal
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2000-06Author
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Abstract
El presente ensayo tiene por objeto realizar una reflexión de la tendencia funcionalista en el Derecho Penal. Por ello, es necesario partir de un presupuesto conceptual del significado del funcionalismo sístémico, Que tiene su desarrollo en las tesís de TALCOTT PARSONS. En su obra “ La Estructura de la Acción Social”, escrita en 1939. Cita los marcos de referencia: la
acción social, relaciones sociales, grupos sociales y personalidad social. Parsons se define por la acción social como categoría básica, encontrándo primera unidad el acto. La externalización es acción por lo tanto la unidad de la acción es
acto. Estudia el acto y la acción.Para él la acción es cualquier forma de conducta humana que pueda descubrirse.
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Source
- Temas Socio-Jurídicos; Volumen 18 N. 38 (Junio 2000) Páginas 133-139
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