Posibles reformas al Proceso Civil en materia de incidentes
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Fecha
1988-03Otros contribuidores
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Resumen
En la mayoría de las veces esas cuestiones constituyen un antecedente lógico y jurídico de la decisión, luego en estos eventos su examen y resolución debe ser anterior a la Sentencia; en otros casos la Ley permite que sean resuelías en la misma sentencia junto con el pronunciamiento sobre el fondo del litigio.
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Fuente del recurso
- Temas Socio-Jurídicos; Volumen 6 N. 19 (1988) Páginas 187-194
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http://hdl.handle.net/20.500.12749/17805
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