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dc.contributor.authorGómez Nieto, Juan Carlosspa
dc.date.accessioned2020-12-02T15:21:04Z
dc.date.available2020-12-02T15:21:04Z
dc.date.issued2018-01
dc.identifier.issnISSN 2500-5049spa
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12749/11829
dc.description.abstractSe tiene que el delito es una contradicción al derecho abstracto en cuanto a derecho, es una manifestación que es en sí misma nula, puesto que si bien es positiva en cuanto a su existencia en la esfera exterior del comportamiento, la misma no puede ser entendida como válida, puesto que su naturaleza es nula como contradicción al espíritu objetivo.spa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/*
dc.sourceRevista Estr@dospa
dc.sourceRevista Estrado; Volumen 05, Número 08 (Enero 2018); páginas 27-34spa
dc.titleTeoría de la pena en la filosofía del derecho de Georg Wilhem Friedrich Hegelspa
dc.title.translatedTheory of Penalty in the Philosophy of Law of Georg Wilhem Friedrich Hegelspa
dc.publisher.grantorUniversidad Autónoma de Bucaramanga UNABspa
dc.rights.localAbierto (Texto Completo)spa
dc.publisher.facultyFacultad Ciencias Jurídicas y Políticasspa
dc.type.driverinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.localArtículospa
dc.type.coarhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501
dc.subject.keywordsLegal scienceseng
dc.subject.keywordsJurisprudenceeng
dc.subject.keywordsTheory of justiceeng
dc.subject.keywordsPrinciples of justiceeng
dc.subject.keywordsLaweng
dc.identifier.instnameinstname:Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNABspa
dc.identifier.reponamereponame:Repositorio Institucional UNABspa
dc.type.hasversioninfo:eu-repo/semantics/acceptedVersion
dc.rights.accessrightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rights.accessrightshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2spa
dc.relation.referencesCLAUS ROXIN. Derecho penal parte general tomo I. Civitas. Madrid (2010). Pág. 83spa
dc.relation.referencesJORGE AURELIO DÍAZ. Hegel: Filosofía del derecho, en: Estudios de Filosofía Política. Varios autores (Luis Eduardo Hoyos Editor). Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2004) Pág. 270spa
dc.relation.referencesJORGE AURELIO DÍAZ. El pensamiento político de Hegel, en Estudios de Filosofía Política. Varios autores (Luis Eduardo Hoyos Editor). Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2004). Pág. 226spa
dc.relation.referencesEntendemos aquí “dar vida” como permitir que la idea de libertad se realice materialmente.spa
dc.relation.referencesGEORG WILHEM FRIEDRICH HEGEL. Principios generales de la filosofía del derecho. Parágrafo 95spa
dc.relation.referencesAsí expresa esta idea en el parágrafo 97: “La vulneración del Derecho como tal es, claramente, una existencia positiva, exterior, que es en sí misma nula. La manifestación de su nulidad es el anulamiento de la existencia de aquella vulneración; es la realidad del Derecho con necesidad que se concilia consigo misma mediante la negación de su vulneración”.spa
dc.relation.referencesGEORG WILHEM FRIEDRICH HEGEL. Principios generales de la filosofía del derecho. Parágrafo 96spa
dc.relation.referencesGEORG WILHEM FRIEDRICH HEGEL. Principios generales de la filosofía del derecho. Parágrafo 94spa
dc.relation.referencesAsí también lo expresa CARMEN ELOISA RUIZ LOPEZ. Teoría de los fines de la pena, en: Lecciones de derecho penal parte general. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2011). Pág. 31: “Al imponerse la pena se está negando la existencia del delito como nueva norma con la que se pretende establecer la licitud de la conducta. De esta manera se fundamenta la dialéctica de la negación de la negación. La libertad sin responsabilidad no es realmente verdadera libertad, sino mero arbitrio subjetivo.”spa
dc.relation.referencesGÜNTHER JAKOBS. Sociedad, norma y persona en una teoría de un derecho penal funcional. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (1996). Pág. 11spa
dc.relation.referencesHEIKO H. LESCH. La función de la pena. Dykinson. Madrid (1999). Pág. 17spa
dc.relation.referencesEn este punto optamos por traer la cita completa a pesar de su extensión en razón a que el pensamiento expuesto por LESCH resulta ser tan claro que se dificulta sintetizar la idea conservando la claridad de la exposición.spa
dc.relation.referencesHEIKO H. LESCH. La función de la pena. Dykinson. Madrid (1999). Pág. 17spa
dc.relation.referencesHEIKO H. LESCH. La función de la pena. Dykinson. Madrid (1999). Pág. 17 a 18spa
dc.relation.referencesAl respecto se pronuncia JAKOBS “Dado que Hegel no interrelaciona hecho y pena como hechos externos, sino como sucesos dotados de significación, ya no se trata –como en Kant- de una igualdad de género, sino de igualdad según el valor de los mismos. Con lo que Hegel se da cuenta de que la pena necesaria corresponde al poder de la sociedad ya seguro de sí mismo, es decir, que en sociedades consolidadas puede rebajarse la medida de la pena, pues en ellas es más reducida la peligrosidad de la acción para la sociedad” en GÜNTHER JAKOBS. Derecho penal parte general. Marcial Pons. Madrid (1997). Pág. 23spa
dc.relation.referencesGÜNTHER JAKOBS. Derecho penal parte general. Marcial Pons. Madrid (1997). Pág. 23spa
dc.relation.referencesAsí lo expone el mencionado profesor en la exposición del curso de Teoría de la Pena dictado en el programa de Maestría en Ciencias Penales y Criminológicas de la Universidad Externado de Colombia.spa
dc.relation.referencesCLAUS ROXIN. Derecho penal parte general tomo I. Civitas. Madrid (2010). Pág. 83spa
dc.relation.referencesGEORG WILHEM FRIEDRICH HEGEL. Principios generales de la filosofía del derecho. Parágrafo 100spa
dc.relation.referencesARTHUR KAUFMANN. Filosofía del derecho. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2006).spa
dc.relation.referencesCARMEN ELOISA RUIZ LOPEZ. Teoría de los fines de la pena, en: Lecciones de derecho penal parte general. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2011).spa
dc.relation.referencesCLAUS ROXIN. Derecho penal parte general tomo I. Civitas. Madrid (2010).spa
dc.relation.referencesEDUARDO MONTEALEGRE LYNETT Y JORGE FERNANDO PERDOMO TORRES. Funcionalismo y normativismo penal. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2013).spa
dc.relation.referencesEUGENIO RAUL ZAFARONI. Manual de derecho penal parte general. Ediar. Buenos Aires (2015).spa
dc.relation.referencesFERNANDO MOLINA FERNÁNDEZ. Antijuridicidad penal y sistema del delito. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2003).spa
dc.relation.referencesGEORG WILHEM FRIEDRICH HEGEL. Principios generales de la filosofía del derecho.spa
dc.relation.referencesGÜNTHER JAKOBS. Derecho penal parte general. Marcial Pons. Madrid (1997).spa
dc.relation.referencesGÜNTHER JAKOBS. Sociedad, norma y persona en una teoría de un derecho penal funcional. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (1996).spa
dc.relation.referencesGUNTHER TEUBNER. El derecho como sistema autopoiético de la sociedad global. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2015).spa
dc.relation.referencesHASSO HOFMANN. Filosofía del derecho y del estado. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2002)spa
dc.relation.referencesHEIKO H. LESCH. La función de la pena. Dykinson. Madrid (1999).spa
dc.relation.referencesJORGE AURELIO DÍAZ. El pensamiento político de Hegel, en Estudios de Filosofía Política. Varios autores (Luis Eduardo Hoyos Editor). Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2004).spa
dc.relation.referencesJORGE AURELIO DÍAZ. Hegel: Filosofía del derecho, en: Estudios de Filosofía Política. Varios autores (Luis Eduardo Hoyos Editor). Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2004).spa
dc.relation.referencesJUAN FERNÁNDEZ CARRASQUILLA. Derecho penal parte general, teoría del delito y de la pena vol. II. Ibañez. Bogotá (2012).spa
dc.relation.referencesJUAN PABLO MAÑALICH R. Norma causalidad y acción. Marcial Pons. Madrid (2014).spa
dc.relation.referencesMARCO GERARDO MONROY CABRA. Introducción al derecho. Temis. Bogotá (2015). Pág.spa
dc.relation.referencesROBERTO GARGARELLA. Castigar al prójimo. Siglo Veintiuno Editores. Buenos Aires (2016). Pág.spa
dc.relation.referencesTATJANA HÖRNLE. Teorías de la pena. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2015).spa
dc.relation.referencesVARIOS AUTORES. El sistema penal normativista en el mundo contemporáneo. Universidad Externado de Colombia. Bogotá (2008)spa
dc.subject.lembJurisprudenciaspa
dc.subject.lembTeoría de la justiciaspa
dc.subject.lembPrincipios de justiciaspa
dc.subject.lembDerechospa
dc.identifier.repourlrepourl:https://repository.unab.edu.cospa
dc.description.abstractenglishIt is held that the crime is a contradiction to abstract law in terms of law, it is a manifestation that is itself null, since although it is positive in terms of its existence in the external sphere of behavior, it cannot be understood as valid, since its nature is null as a contradiction to the objective spirit.eng
dc.subject.proposalCiencias jurídicasspa
dc.type.redcolhttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTDIV
dc.rights.creativecommonsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia*
dc.publisher.deparmentCentro de Investigaciones Socio Jurídicasspa


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